miércoles, 2 de noviembre de 2011

La Participación Ciudadana, eje articulador de la administración municipal con las organizaciones de base del Poder Popular.

Por: Juan Quintana,  11/07/2011

Introducción

La Participación Ciudadana es hoy, en Venezuela, un Derecho y un Deber de la ciudadanía, es decir, de todas y todos los venezolanos y venezolanas y, adicionalmente, de todo aquel que habita en nuestro país. Existe entonces una relación de corresponsabilidad de dicha ciudadanía con el Estado, la cual se ha puesto de manifiesto en el marco constitucional, legal y político de la nación.

La práctica de una participación ciudadana eficiente y eficaz, productiva y provechosa, orientada al colectivo con incidencia inexorable en lo particular, dedicada a la mejora de las condiciones de vida, a la dignidad y a la búsqueda de la suprema felicidad social requiere, de la apertura institucional para la intervención del pueblo en la gestión de las instancias administrativas del gobierno municipal y demanda también el compromiso de la ciudadanía para ejecutar, activamente, estas acciones. Lo anterior, exige de las instituciones del Estado entre otras cosas, Promover procesos de intercambio de saberes mediante los cuales la ciudadanía se organice y movilice en la exigencia de sus Derechos Humanos y contribuya activa y protagónicamente en la garantía de los mismos.

Impulsar estos procesos desde la institucionalidad pública de nuestro país redefine al Estado y a sus relaciones con las organizaciones de base del Poder Popular y con la ciudadanía en general. Se modifica con ello patrones de conducta, creencias, visiones y prácticas democráticas, identificadas con la representatividad, y se trasciende a la ejecución de acciones que, en lo concreto, se enmarcan en la democracia participativa y protagónica, tal y como se establece en nuestra constitución nacional y en nuestro Proyecto Nacional Simón Bolívar.

La Escuela de Nueva Ciudadanía, dependencia adscrita a la Dirección de Interacción Social del Servicio Autónomo Instituto de Altos Estudios “Dr. Arnoldo Gabaldon” del ministerio del Poder Popular para la Salud, es un espacio-tiempo del intercambio de saberes para la promoción de la salud y la prevención de daños, riesgos y enfermedades mediante la participación activa y protagónica de la ciudadanía. Desde esta dependencia, se vienen realizando esfuerzos en el impulso de: una participación activa y protagónica de la ciudadanía, la organización y movilización ciudadana para la garantía de este Derecho y la sensibilización institucional de servidoras y servidores públicos para dar apertura a estos procesos en los ámbitos administrativos locales, parroquiales, municipales y nacionales.

De allí que, revisar, rectificar, reimpulsar y reflexionar los modos, los estilos, las formas, las metodologías, las cotidianidades y las razones por las cuales se impulsan los procesos de formación antes descritos nos invita a traer el tema La Participación Ciudadana, eje articulador de la administración municipal con las organizaciones de base del Poder Popular a una discusión dialéctica para que ello permita mejorar sustancialmente nuestros procesos de aprendizajes y que los mismos sean mas eficientes y eficaces.

Desarrollo

Tal y como lo establece nuestra Constitución Nacional , la República Bolivariana de Venezuela es: Un Estado democrático y social de Derecho y de Justicia, que propugna como valores superiores de su ordenamiento jurídico y de su actuación, la vida, la libertad, la justicia, la igualdad, la solidaridad, la democracia, la responsabilidad social y en general, la preeminencia de los Derechos Humanos, la ética y el pluralismo político.

Como bien se puede observar, esta constitución compromete axiológicamente su existencia de Estado de Derecho a la garantía universal de los Derechos Humanos, materializados estos Derechos y haciendo énfasis en los Derechos Sociales, Culturales y Económicos sin minar los Derechos políticos y civiles, se procura satisfacer las necesidades mas sentidas de la población y en consecuencia la mejora de sus condiciones de vida, fin este en el cual se enmarca la segunda línea del Primer Plan Socialista, Proyecto Nacional Simón Bolívar 2007-2013 .

Por otro lado, la Justicia Social en la que se enmarca nuestra Constitución Nacional esta referida, según Blanco (2008) a las condiciones necesarias para que se desarrolle una sociedad relativamente igualitaria en términos económicos, del mismo modo comprende el conjunto de decisiones, normas y principios considerados razonables para garantizar condiciones de trabajo y de vida decentes para toda la población.

En este mismo orden de ideas, el gobierno de la República Bolivariana de Venezuela y de las entidades políticas que la componen es y será siempre democrático, participativo, electivo, descentralizado, alternativo, responsable, pluralista y de mandatos revocables . Emerge de lo anterior, una referencia vital que caracteriza al ejercicio de la participación ciudadana en nuestro país, para reflexionar en cuanto a esto tomaremos cuatro características de las antes comentadas el gobierno de Venezuela es democrático, participativo, responsable, descentralizado (…).

De la Democracia, la Ciudadanía y la Participación.

El concepto de democracia, como bien sabemos todos, viene de dos palabras griegas: “DEMOS”(pueblo) y “KRATOS”(gobierno) que significa Gobierno del pueblo.

En la Grecia donde se dio origen a estos términos, existía un contexto social y político que definía la práctica de esta democracia, en primera instancia una estructura de clases facultaba a pocas personas de la condición de ciudadanos, siendo estos los sujetos aptos para la toma de las decisiones, eran estos ciudadanos, los grandes propietarios de tierras y riquezas, otros miembros de esta sociedad eran los esclavos quienes hacían todo tipo de trabajo y por último los metecos quienes eran artesanos y extranjeros libres que podían hacer riquezas pero que no estaban autorizados para poseer tierras ni casas y al igual que los esclavos no tenían Derechos a participar el las tomas de las decisiones que en la Polis (ciudad) se llevaban a cabo .

En los tiempos actuales, las estructuras políticas y sociales han cambiado, el concepto de ciudadanía se ha ampliado y las formas de tomar decisiones también se han diversificado, se ha trascendido por lo tanto la concepción de la democracia. Sin embargo es importante señalar que la democracia de hoy tiene sus derivaciones, de allí que, se hace vital discernir acerca de ello y consideremos entonces la necesidad de traer a la discusión una diferenciación entre la democracia representativa la cual caracteriza a muchos países de Nuestra America y la democracia participativa establecida en la constitución venezolana y en otras naciones del continente.

Como ya se ha dicho, en la democracia el gobierno es ejercido por el pueblo, uno elementos importantes a considerar acá son las formas como interviene la ciudadanía en las instituciones democráticas, en este sentido Zovatto (2007) describe a estas instituciones como las diversas formas de participación política que se realizan a través del ejercicio del voto directo y universal, su objetivo principal es involucrar al conjunto de la ciudadanía en el proceso de toma de decisiones sobre cuestiones públicas.

Por Democracia Representativa, según el Equipo Educación y Equipo Poder Local CEDIB (2006) se entiende una forma de gobierno en la que el pueblo delega su soberanía a autoridades elegidas de forma periódica mediante elecciones libres y secretas. En este tipo de democracias, la delegación de la soberanía se concreta por la vía del voto universal, la participación ciudadana es un complemento a esta forma de democracia. Aquí en Venezuela esta representatividad valoraba la participación de la ciudadanía en la gestión pública en el solo momento de las elecciones, y al momento de alcanzar el poder, aquellos convertidos en representantes, en muchos casos dieron la espalda a sus electores mediante el incumplimiento de las promesas por medio de las cuales alcanzaron el poder.

En este orden de ideas, Font (2003) realiza un interesante cuestionamiento a la democracia representativa cuando señala que con el voto universal las pequeñas élites políticas, que contaban con los conocimientos y la información necesaria, impusieron a las grandes masas (para ellos y sus intereses) los únicos mecanismos obvios de expresión popular: el partido y las élites políticas gremiales.

Otro cuestionamiento no menos interesante lo realiza CEBIT (2006) , señalando que en la democracia representativa las elites en el poder, los partidos, se hicieron de todos los mecanismos de adjudicación mediante la representación social. Esta democracia fue también usada, según el autor antes citado, para desconocer las tradiciones organizativas propias de nuestro pueblo. Dicha realidad compartida con Venezuela por muchos países de nuestro continente trajo consigo la puesta en marcha de políticas y medidas de carácter socioeconómico que afectaban negativamente las ya difíciles condiciones de vida del pueblo Venezolano. Con dichas medidas se erosionó la legitimidad de la democracia representativa, se desencadenaron estallidos sociales, intentonas de toma de poder y la necesidad de hacer emerger desde la organización social de base nuevas propuestas del ejercicio de la democracia y un llamado general a recuperar los espacios de decisión y participación política.

Surge así en Venezuela, la Democracia Participativa y Protagónica, como alternativa para superar las dificultades sociales, políticas, económicas, ambientales, culturales entre otras dejadas por una democracia representativa. El elemento más central de la democracia participativa, según el Foro International de Izquierda (2005) es el derecho de los ciudadanos a participar en la toma de decisiones sobre sus ciudades, sus vidas, sus impuestos, sus presupuestos, derecho que se ejerce colectivamente.

La compilación de obras expuestas en el foro antes citado establece una diferencia entre ambas formas de democracias, señalando que ninguna es mejor que la otra, la diferencia mas importante entre ellas radica en que se trata de dos maneras de toma de decisiones y de procesos decisorios, una de ellas basada en el sufragio de un número muy grande de individuos, que luego dejan la toma de decisiones en manos de otros individuos que son los concejales, diputados, alcaldes, gobernadores, presidente, y la otra en la participación en la toma de decisiones de un número esencialmente inferior de individuos, que así legitiman las decisiones que se tomen en los niveles comunitarios, locales, parroquiales, municipales, regionales y nacionales. Importante es señalar que en la democracia participativa se delinea el camino para la construcción del Poder Popular.

La construcción de este Poder, implica la participación activa y protagónica de la ciudadanía, y esta se pone en práctica en nuestra democracia participativa mediante diversas formas, las correspondientes al ámbito municipal están descritas en la Ley Orgánica del Poder Público Municipal : cabildos abiertos, asambleas ciudadanas, consultas públicas, iniciativa popular, presupuesto participativo, control social, referendos, iniciativa legislativa, medios de comunicación social alternativos, instancias de atención ciudadana, autogestión, cogestión.

Dicha participación ciudadana, es definida por Borja (2003) como un derecho instrumental vinculado con las demandas, necesidades, aspiraciones o lo que los ciudadanos colectiva o individualmente consideren que son sus derechos y las políticas públicas. En los ámbitos municipales venezolanos, la unidad político administrativa del poder ejecutivo es la alcaldía, que, a través de sus servidores públicos, compone con la ciudadanía, esa relación dialéctica deberes-derechos que es la participación ciudadana. Dicha ciudadanía, definida por Bermúdez (2001) como aquella condición que posee un individuo en una comunidad que comprende un conjunto de derechos y responsabilidades, cuyo ejercicio es garantizado constitucional e institucionalmente por el Estado de construir y fortalecer una comunidad, esta llamada a expresar a través de las organizaciones de base del Poder Popular las exigencias para mejorar las condiciones de vida en los ámbitos locales y a su vez ha de contribuir mediante propuestas con la garantía de sus derechos sociales.

Las Nuevas leyes del Poder Popular decretadas recientemente en Venezuela, definen que las organizaciones de base del Poder Popular son: aquellas constituidas por ciudadanas y ciudadanos para la búsqueda del bienestar colectivo . El alcance de dicho bienestar implica que la relación Estado-Pueblo, profundizada en la democracia participativa y puesta en práctica por la ciudadanía, requiere del involucramiento activo y protagónico de cada uno y cada una de los venezolanos y venezolanas de su compromiso y su voluntad absoluta para transformar permanentemente y en positivo su realidad local.

Los procesos de planificación de desarrollo municipal, de organización territorial, del sistema económico local, de transferencias de competencias y del control social, por fuerza de ley obligan a que la Relación Estado Pueblo permita el ejercicio ciudadano del derecho a la soberanía, la participación protagónica y corresponsable y que apunten a fin de cuentas a formas de autogobierno comunitario para el ejercicio directo del Poder.

Se ha iniciado una apertura institucional para impulsar la consolidación de ese Poder Popular, el pueblo hoy participa a diario y activamente en seminarios de formación, programas de ordenamiento territorial, en la organización y formulación de misiones sociales, en políticas de salud, proyectos de mejora de condiciones sanitario-ambientales, en la planificación de presupuestos locales, en proyectos de leyes, ordenanzas y normativas. Todo ello a través de sus voceros comunitarios y mediante la asamblea de ciudadanos, principal elemento de la toma de decisiones en el ámbito comunitario, en el cual la organización más relevante, el Consejo Comunal, es la instancia de participación, articulación e integración entre las diversas organizaciones comunitarias, grupos sociales y los ciudadanos y ciudadanas que permiten al pueblo organizado, ejercer directamente la gestión de políticas públicas y proyectos orientados a responder a las necesidades y aspiraciones de la comunidad en la construcción de una sociedad de equidad y justicia social .

Algunas consideraciones finales.

Las condiciones que favorecen el ejercicio de la democracia participativa son aun hoy una aspiración en Venezuela, a pesar de existir un marco legal que favorece a la participación en la gestión pública, se debe enfatizar en lo siguiente para que la misma de pasos a su consolidación:

Procurar, desde la institucionalidad, un acercamiento a las organizaciones de base del poder popular en condiciones de igualdad y respeto. Ello requiere de la construcción de una nueva institucionalidad que supere las trabas propias del burocratismo y de las estructuras jerárquicas y verticalistas de las instituciones públicas venezolanas.

Promover la visión del ciudadano desde la perspectiva de usuario, sujeto de Derechos, un ciudadano propiamente dicho. Ello favorecerá la integración Estado-Pueblo, necesaria para garantizar los Derechos Humanos en los Ámbitos locales.

Reconocer, desde la institucionalidad, la importancia de los espacios comunitarios y de su realidad cotidiana para promover la solución de las problemáticas locales. La toma de decisiones, es una acción coordinada y consensuada, de acuerdo común entre las partes involucradas, hacerlo de manera impositiva niega y desconoce la existencia del otro en su condición de sujeto de Derechos y Deberes.

Impulsar la transparencia de la gestión pública como condición para la participación ciudadana y la rendición de cuentas del servidor público como su principio básico y favorecer la conducta ciudadana para la exigibilidad de esta práctica democrática.

Afianzar desde los espacios locales, el compromiso del Derecho y el Deber de la participación ciudadana, la organización, comunicación y movilización comunitaria como elementos fundamentales para la superación de sus realidades y las mejoras de las condiciones de vida en la comunidad. El dominio de información, la disposición a participar, la confianza, el alcance de metas, la eficiencia y la eficacia en los procesos de organización comunitaria favorece el rescate de la esperanza, disminuye el fatalismo comunitario y amplia la incorporación de nuevos sujetos colectivos a la acción popular para la mejora de sus condiciones de vida.

Y finalmente, lo más importante para alcanzar una acción participativa exitosa es que se promuevan, en el ámbito municipal y local, procesos formativos, informativos y de intercambio de saberes permanentes para los ciudadanos y los servidores públicos, que estos procesos motiven a la reflexión crítica, al libre pensamiento, a la emancipación, a la autonomía y al espíritu de cambio y transformación y que además estén enmarcados en el enfoque de Derechos Humano, la participación protagónica y en la mejora de las condiciones de vida.

Referencias.

Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (CRBV, 1999).
Sentencia Nº 85 de Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia de Venezuela, Expediente Nº 01-1274 de fecha 24/01/2002, Asunto: Estado Social de Derecho. Naturaleza. Conceptos actuales.
Proyecto Nacional Simón Bolívar, Primer Plan Socialista 2007-2013, La Suprema Felicidad Social.
http://jnblanco.blogspot.es/1206508620/#com, Estado Democrático y Social de Derecho y de Justicia, consultado [julio, 2011].
(CRBV, 1999). Op. cit., artículo 6.
Cultura griega clásica. Organización política en la Grecia Antigua. Guerra. Forma de vida espartana y ateniense, tomado de [http://html.rincondelvago.com/atenas-y-esparta.html] (julio 5, 2011).
Zovatto, D. (2007). Las instituciones de la democracia directa a nivel nacional en América latina: un balance comparado: 1978 – 2007 N. º 4, Revista Derecho Electoral, Segundo Semestre 2007 ISSN: 1659-2069
Equipo Educación y Equipo Poder Local CEDIB (2006), Seminario de Procesos Históricos Democracia representativa y modelo económico neoliberal, Cochabamba, Bolivia.
Font, Joan (2003). “Participación ciudadana y decisiones públicas: conceptos, experiencias y
metodologías”, conferencia magistral en el seminario “participación ciudadana y políticas sociales en el
espacio local, Balance y agenda”. México, Instituto de investigaciones sociales, UNAM.
CEDIB (2006), Op. Cit. Pág. 14.
Vera-Zabala, America. Compiladora (2005). Democracia participativa. Material de estudio sobre democracia participativa. Tomado de [http://www.deltagandedemokrati.se/Filer/File/material%20de%20estudio/cuaderno1.pdf] (julio, 2011).
Ley de reforma parcial de la Ley Orgánica del Poder Público Municipal, gaceta oficial Nº 6.015 del 28 de diciembre de 2010.
Borja, J. (2002): Gobiernos locales, políticas públicas y participación Ciudadana, Madrid
Bermúdez Tapia, Manuel Alexis (2001). Categorías de Ciudadanía en el Perú, por el goce de derechos Fundamentales. Documento Electrónico. Ponencias 22
Ley Orgánica del Poder Popular. Gaceta oficial N° 6011 diciembre (2010) Art. 8.
Ley Orgánica de los Consejos Comunales, Gaceta

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